📌 Según el artículo 114-1 del Estatuto Tributario, algunas empresas tienen la posibilidad de no realizar aportes parafiscales referentes al ICBF y el SENA por algunos de sus empleados. El requisito que se solicita es que los trabajadores contratados devenguen menos de 10 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV).
⚠️ Antes de efectuar el pago de la planilla de aportes, es crucial verificar la configuración de valores anuales y la configuración de tus empleados para determinar sobre quiénes se deben hacer los aportes.
📌 Contabiliza el pago en la siguiente opción:
- 💻 Ingresa a través de: Nómina ➡️ Pagos ➡️ Planilla Única de Aportes